SANTIAGO.- El
montepío existe formalmente desde la Guerra del Pacífico. Se creó para asistir
económicamente a esposas e hijas de uniformados que cayeron en combate. Pero el
beneficio se mantiene hasta la actualidad y significa que las viudas de
uniformados heredan el 100% de la pensión, mientras que las hijas heredan el
75%. El proyecto fija el requisito de que la viuda haya estado al menos tres
años casada con el uniformado y las hijas no casadas recibirán el beneficio
sólo hasta los 18 años, o hasta los 24 años si son estudiantes o personas
inválidas. Además, elimina el 6% de cotización obligatoria para los jubilados,
para así equiparar, al menos en este punto, con la población civil.
Esta reforma a la Ley 18.948 (orgánica constitucional) de
las Fuerzas Armadas se discute desde el 18 de octubre de 2012, y está recién en
segundo trámite legislativo. El 13 de agosto pasado obtuvo aprobación unánime
de la Cámara de Diputados, y ahora está en el Senado. Eugenio Bauer, diputado
UDI de la Comisión de Defensa, dijo que la eliminación del beneficio no será
retroactiva, para no perturbar el proyecto de vida de las hijas no casadas de
uniformados.
“La relevancia es que el descuento del 6% nos beneficia a
todos. El tema que mucho se discutió es que antiguamente las hijas solteras
recibían una pensión de por vida, entonces hemos generado un efecto negativo de
que no se casaban para no perder la pensión. Era una consecuencia perversa.
Ahora está acotado hacia una cierta edad nomás y no es retroactivo, para que la
gente tampoco se sintiera menoscabada en sus proyectos de vida”, detalló.
Por su parte, el diputado del PPD, Patricio Hales, dijo que
este proyecto busca terminar con una serie de triquiñuelas, como matrimonios
arreglados cuando el uniformado está a punto de morir, anulaciones ficticias,
pensiones de invalidez para personas laboralmente activas o hijas de militares
que evitan casarse, todo con el propósito de acceder a pensiones de por vida,
que a la fecha superan los 1200 millones de pesos mensuales para esposas
improvisadas e hijas solteras de uniformados de la Fuerza Aérea, la Armada, el
Ejército, Carabineros y Gendarmería.
“Matrimonios que se hacían falseando los antecedentes para
poder postular, en el momento en que el miembro de las Fuerzas Armadas estaba
en situación de moribundo, para poder crear determinados beneficios. O
divorcios, separaciones, anulaciones para ir armando figuras que permitieran
burlar la ley y sacarle ventaja. Esos vicios hoy día se corrigen y se les pone
fin”, aseguró.
La Central Unitaria de Jubilados, Pensionados y Montepiadas
de Chile (CUPEMCHI), que agrupa a 50 mil personas, cuestionó a través de su
presidente, José Troncoso, la discriminación que afecta a los civiles del
sistema de AFP en beneficio del sistema de reparto de las FF.AA.
“Es discriminatoria desde el punto de vista que a la
población civil la lanzaron hacia las AFP y al sector de las Fuerzas Armadas le
buscaron la mejor forma de arreglarles su sistema previsional. Desde ese punto
de vista lo consideramos discriminatorio y arbitrario, pensamos que es la
injusticia más grande que se ha cometido y se cometió con la dictadura y la
siguió aplicando en 20 años la Concertación y por otros cuatro años el señor
Piñera, que es el representante de los patrones, los empresarios”, manifestó.
Importa decir que el sistema de reparto de las Fuerzas
Armadas entrega pensiones que promedian $1.550.000 para oficiales y $627 mil
para suboficiales, mientras que las jubilaciones del sistema de Administradoras
de Fondos de Pensiones (AFP) promedian $173 mil. Además, sólo el 25% de las
pensiones de uniformados se financia con las platas de sus ahorros, ya que el
75% es sustentado con platas adicionales del fisco. Finalmente, los uniformados
jubilan en promedio a los 28 años de servicio, con 45 años de edad, mientras
que la población civil jubila a los 60 años en el caso de las mujeres y a los
65 años en el caso de los hombres.
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