El Servicio Nacional de Turismo (Sernatur) ha
estado realizando intensas visitas a comunas de la región del Maule, con el fin
de poder entregar información clara y sólida sobre el Registro Nacional de
Prestadores de Servicios Turísticos, que desde el 24 de junio de 2013 será
obligatorio, tanto para los servicios de alojamiento turístico como de turismo
aventura.
El Registro Nacional de Prestadores de Servicios
Turísticos, es un registro público de la oferta de los servicios turísticos del
país, el cual se encuentra ordenado de acuerdo a su tipo y clase, cumplimiento
de requisitos de calidad y cuando corresponda, estándares de seguridad
establecidos en la normativa vigente.
Estas reuniones son realizadas por funcionarios
de la Dirección Regional de Sernatur, los cuales se reúnen con la Encargada de
patentes de la Municipalidad que visitan, con el Encargado de turismo municipal
y empresarios que estén interesados en saber cómo viene este nuevo proceso.
Julieta Romero, directora regional de Sernatur
señaló; “es fundamental que el empresario entienda que el servicio turístico
que presta está regulado y por eso estandarizar al sector es muy importante
porque nos permite tener información clara de cómo estamos funcionando y cuánto
aporta el turismo al desarrollo de una comuna, la región y el país”
Ahora bien, en cuanto a los consumidores es clave
la transparencia y formalización de la información turística. En lo que
concierne a la industria, ésta es una excelente oportunidad para ordenar y
formalizar la prestación de sus servicios, además de las acciones de promoción
y difusión que Sernatur realiza a través de sus distintas modalidades. Oficinas
de Información, sitios Web oficiales, folletería, ferias, entre otros. Para
esto, es importante que los prestadores registren todos los servicios que
tienen disponibles.
Para registrarse el prestador debe cargar en la
plataforma ( www.serrnatur.cl) los siguientes antecedentes en formato digital,
según la personería del prestador:
Persona Natural: Fotocopia Cédula de Identidad,
Carpeta Tributaria (SII), y Patente Comercial.
Persona Jurídica: Fotocopia Rol Comercial (SII),
Carpeta Tributaria (SII), Documento que acredite la personería del
representante legal y fotocopia de su cédula de identidad y Patente comercial.
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