CURICO.- Desde este 21 de junio
de 2013 la LEY Nº20.679 PERMITE AL PADRE Y A LA MADRE, INDISTINTAMENTE, ABRIR
CUENTAS DE AHORRO A FAVOR DE SUS HIJOS.
Esta ley originada a partir de la
Moción de las Honorables Senadoras señoras Ximena Rincón González, Isabel
Allende Bussi, Soledad Alvear Valenzuela y Lily Pérez San Martín, da lugar a
regularizar esta situación que era muy engorrosa en la práctica y que producía
un problema en familias de padre ausente, cualquiera fuere la razón.
En concreto, la ley establece dos
artículos que establecen una modificación a la Ley General de Bancos,
disponiendo:
"Artículo 156 bis.- Las cuentas de
ahorros para menores de edad, ofrecidas por los bancos regidos por esta ley,
podrán ser abiertas por el padre o la madre, con independencia de quien tenga
la patria potestad del menor de edad.".
"Con independencia de
quien tenga la patria potestad, la madre también podrá abrir cuentas de ahorro
a favor de su hijo menor de edad."
Un acierto que viene a solucionar un problema para tantas familias.
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