El Agente Regional de la
Superintendencia de Salud del Maule, Alejandro Pino, entregó algunos consejos útiles para este
periodo estival, en caso de algún problema de salud de alto costo o de urgencia
vital.
Pino señaló que “si bien
esperamos que las personas, disfruten sus vacaciones sin contratiempos, siempre
es mejor estar prevenidos, por lo que en el caso de las personas afiliadas a
las Isapres, puedes activar la cobertura adicional para enfermedades
catastróficas (CAEC), toda vez que un diagnóstico puede transformarse en una enfermedad
catastrófica por el costo que pueden tener las prestaciones requeridas, en el
caso que lo requiera”.
La autoridad regional, indicó que
“cuando las personas o sus familiares se encuentran de vacaciones, y fuera de
su ciudad de residencia, olvidan que tienen beneficios pactados con las Isapres,
por tanto es importante que tomen los resguardos previos a iniciar sus
vacaciones y se informen que hacer en casos de enfermedades, cual es la red de
atención a la que pueden acceder y como activar los seguros de salud”.
Como Activar el CAEC (Cobertura Adicional para Enfermedades
Catastróficas)
Cuando se trate de un diagnóstico
que pueda transformarse en una enfermedad catastrófica por el costo de las
prestaciones requeridas, las personas, sea de forma directa o a través de otra persona, debe concurrir a
las oficinas de su Isapre dentro de un plazo muy breve (48 horas), llenar y firmar los documentos dispuestos para
ello, entre otros, el formulario denominado Solicitud de incorporación a la red
cerrada de la CAEC y GES-CAEC. Dichos documentos serán tramitados internamente
por la Isapre. El traslado del paciente (de ser necesario), es de
responsabilidad de la Isapre, por lo que siempre requiere que la persona se
encuentre en condiciones de ser trasladado, la recomendación en estos casos es
aceptar la red que designe la aseguradora.
Esto permitirá al afiliado
obtener cobertura para el financiamiento de las atenciones hospitalarias y
algunas ambulatorias, siempre que hayan sido realizadas dentro del país y estén
cubiertas por el plan de salud. Este seguro tiene un deducible equivalente a la
cantidad de 30 (treinta) veces la cotización pactada, por cada beneficiario que
lo utilice, con un mínimo de 60 UF y un máximo de 126 UF, para cada enfermedad
catastrófica o diagnóstico.
Por otra parte, Pino entregó
recomendaciones de que hacer en caso de una patología de urgencia vital o que
pueda provocar una secuela funcional grave. Es así que en el caso de los
beneficiarios de FONASA, idealmente deberá acudir a un establecimiento público
de salud. Si dada la circunstancia de Urgencia Vital se atiende fuera de esta
red, vale decir, un centro de salud privado, se deberá gestionar por parte de
FONASA el traslado del paciente a un establecimiento de la red, una vez se
encuentre estabilizada la persona.
En el caso de los beneficiarios
de alguna Isapre, idealmente deberá acudir a la Clínica u Hospital establecido
en su plan de salud, si tiene un prestador preferente. Si dada la circunstancia
de Urgencia Vital se atiende en otro centro de salud, un representante del
paciente debe avisar de inmediato a la Isapre para así gestionar el traslado a
la red establecida, una vez que sea autorizado por el médico tratante.
Alejandro Pino, destacó que en
estos casos ningún hospital o clínica puede negar la atención de salud, ni
exigir un cheque, pagaré, u otro documento o dinero en efectivo en garantía
para otorgar las prestaciones. De igual forma indicó que tanto el FONASA como
las Isapres pagan directamente al hospital o clínica cuando las atenciones
fueron calificadas como urgencia vital o emergencia por el médico tratante,
cobrando, posteriormente, al paciente los copagos respectivos, pudiendo incluso
acceder de manera automática a un préstamo legal.
Finalmente, el agente hizo un
llamado a las personas a informarse sobre estas materias, sobre todo en tiempos
de vacaciones, cuando viajan a otras ciudades del país. Para ello la
Superintendencia de Salud dispone de canales de contacto a través de la página
web www.supersalud.gob.cl, su call
center 600-836-9000 o a través de las agencias regionales del país.
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