Se trata de un
concierto que se desarrolló en agosto pasado, donde actuarían Pedro Fernández,
Pimpinela y Marisela, pero esta última cantante no se presentó.
El Servicio busca
que la justicia determine compensaciones para los consumidores que se vieron
afectados y además le aplique las multas respectivas a ambas empresas por haber
infringido la Ley.
El
SERNAC demandó colectivamente a la ticketera Punto Ticket y a la empresa Pocker
Producciones, por no cumplir con lo ofrecido a los consumidores respecto del
evento “Juntos en Concierto”, espectáculo que se realizó a fines de agosto del
año pasado en el Movistar Arena de Santiago.
El
propósito de esta demanda, que fue declarada admisible el pasado 23 de febrero
por la justicia, es que las empresas compensen adecuadamente a todos los
consumidores que se vieron afectados, y que se apliquen las correspondientes
multas por haber infringido la Ley del Consumidor.
Hay
que recordar que el mencionado espectáculo ofrecía a los cantantes Pedro
Fernández, Pimpinela y Marisela, pero ésta última artista nunca se presentó.
Asimismo, los espectadores que asistieron al mencionado show, tuvieron que
esperar casi dos horas para su inicio.
Tras
estos hechos, el SERNAC recibió alrededor de 240 reclamos de consumidores
afectados.
El
Director Nacional, Ernesto Muñoz, indicó que el Servicio busca con esta demanda
colectiva que todos los consumidores que se vieron afectados por este problema sean
adecuadamente compensados, además la justicia le aplique a ambas empresas las
multas correspondientes, pero por sobre todo, frenar las malas prácticas en un
mercado cada vez más demandado por la ciudadanía.
“No
es aceptable que los consumidores pagan por un servicio y las empresas no
cumplan con lo comprometido”, enfatizó Muñoz.
Derechos de los
consumidores
Ernesto
Muñoz explicó además que es importante que los consumidores conozcan sus
derechos en materia de espectáculos, entre ellos, a recibir información
respecto de las fechas, los horarios, lugar, entre otros, y a que se cumpla al
pie de la letra lo prometido.
Agregó
que los eventos deben desarrollarse siempre en condiciones de seguridad, lo que
incluye que cuenten con los permisos y las autorizaciones correspondientes que
lo garanticen.
Por
otro lado, el número de las entradas vendidas deben corresponder a la capacidad
real del recinto, pues la Ley sanciona la sobreventa, porque pone en riesgo la
seguridad de los asistentes.
Ante la suspensión del espectáculo, el cambio de las condiciones
contratadas o incumplimientos, los
consumidores tienen derecho a que se devuelva todo lo pagado, incluyendo el
cargo por servicio.
Los consumidores tienen derecho a ser indemnizados o reparados por todos
los daños que el cambio del evento o cualquier incumplimiento les haya causado.
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