Esta
iniciativa busca alertar a los consumidores sobre empresas financieras que se
encuentran al límite de la legalidad.
Los
consumidores deben denunciar al SERNAC si sus derechos son vulnerados y a la
PDI si son víctimas de un delito.
Con el propósito de reforzar el
conocimiento que tienen los consumidores al momento de buscar un alivio
económico a las deudas, la Dirección Regional del SERNAC y la PDI lanzaron este jueves la
campaña informativa “Que no te cuenteen”.
El lanzamiento de la campaña se
realizó en la calle 1 Sur, entre 5 y 6 Oriente, pleno centro de Talca, donde el
Director Regional del SERNAC, Esteban Pérez y el Jefe de la Brigada de
Delitos Económicos de la PDI,
Subprefecto Luis García, entregaron volantes y respondieron dudas de los
transeúntes.
El objetivo de esta iniciativa es
entregar recomendaciones al momento de tener la necesidad de pedir un crédito,
ya que no todos los proveedores financieros se encuentran regulados y algunos
funcionan al margen de la ley.
El Director Regional del SERNAC indicó
que es importante que los consumidores, antes de solicitar un crédito, analicen
si es necesario tomarlo, y en caso de hacerlo, recurran siempre a entidades
establecidas y formales. Hay practicas reñidas con la ley, que van en directo
perjuicio de los consumidores. Existen muchas ofertas que aparentan dar un
alivio al bolsillo familiar en forma rápida y fácil, sin embargo muchas de
ellas esconden condiciones abusivas que se transforman en deudas que no se
acaban.
La autoridad agregó que “El SERNAC
perseguirá judicialmente a estas empresas para proteger a los consumidores que
se sientan afectados y reiteró el llamado a los ciudadanos a reclamar a quienes
se sientan perjudicados”
Algunas de estos prestamistas podrían
incluso cometer delitos económicos. Por ello el trabajo del Servicio es en
conjunto con la PDI, institución clave en la investigación de estos delitos
cuando los consumidores tengan sospecha de estafa o fraude.
“La idea
base es evitar gestionar créditos a través del mercado informal, ya que los
comerciantes, además de ser eventuales víctimas de usura o del delito de
estafa, podrían verse involucradas en una red de lavado de dinero, lo cual
podría ocasionarles graves consecuencias, no sólo penales sino que personales
en la pérdida de su patrimonio”, señaló el Jefe de la Brigada de Delitos Económicos de la PDI, Subprefecto Luis García.
“Una recomendación para los consumidores
es buscar si la empresa cuenta con algo tan básico como una dirección
comercial, ya que si no entregan esa información es una alerta de que el
proveedor no es formal y podría ser víctima de un fraude”, recalcó el Director Regional
del SERNAC.
Acciones
del Sernac
Paralelamente a la campaña, el SERNAC
ha estado haciendo un trabajo para revisar las prácticas en el mercado de los
proveedores dedicados al préstamo. Se trata de un mercado amplio que incluye
diversas empresas como aquellas dedicadas a leaseback, compra y venta de oro, préstamo
con cheques, compra de cupo de tarjeta de crédito en dólares e incluso algunos
que se hacen llamar bancos.
Se ha detectado que este tipo de
empresas no cumplen con la entrega de Información Básica Comercial (IBC) y a
veces cobran intereses que pueden ser por sobre la tasa máxima convencional.
Frente a estos hallazgos, el SERNAC
está realizando las siguientes acciones:
· Se presentó una demanda colectiva en
contra la empresa Latinoamericana de Comercio ante el Juzgado Civil de Castro
por cláusulas abusivas.
· Se presentará una denuncia ante el
Ministerio Público por presunto delito de usura en contra de empresas
financieras no tradicionales que realizan préstamos de dinero con cheques, tras
detectar que funcionan con tasas de interés en torno al 10% mensual, donde los cheques constituyen el único respaldo de
la transacción.
· Se denunciará al Ministerio Público
por el presunto delito de defraudación en contra del proveedor Banco Créditos
por usar denominación “Banco” en su nombre, lo cual podría inducir a error en
los consumidores.
·
El SERNAC
además ofició a los proveedores que realizan actividad de compra de cupo de la
tarjeta de crédito en dólares, a fin de conocer qué tipo de productos y
contratos ofrecen al público consumidor, y se encuentra a la espera de que se
cumpla el plazo para sus respuestas.
El Servicio Nacional del Consumidor
también ha realizado un trabajo colaborativo para revisar prácticas reñidas con
la ley junto a la Dirección General del Crédito Prendario (Dicrep) única
entidad autorizada por ley para dar crédito prendario.
Derechos de los consumidores en caso
de cobranzas extrajudiciales
·
Que no se
informen sus deudas a familiares, jefes o terceros ajenos a dicha
responsabilidad.
·
Que los
llamados de cobranza sean entre lunes y sábados entre las 8:00 y las 20:00
horas.
·
No le
pueden enviar documentos que aparenten ser escritos judiciales.
·
Tienen
derecho a pagar su deuda directamente a la empresa a la que le debe.
·
Está
prohibida cualquier conducta que afecte su privacidad o situación laboral.
·
Dentro de
los primeros 15 días de vencimiento impago de una deuda, la empresa puede
informarle al consumidor sobre su mora.
·
Los
porcentajes por concepto de cobranzas extrajudiciales se aplicarán
transcurridos los primeros 20 días de atraso.
·
Además,
los porcentajes por concepto de cobranzas extrajudiciales deben ser aplicados
sobre el monto de la deuda vencida a la fecha del atraso y no al capital
adeudado o a la cuota vencida.
Recomendaciones SERNAC
Para poder enfrentarse a la solicitud de un crédito la herramienta más
útil para el consumidor es la información, elegir con tranquilidad pero además:
Paso 1: Cotizar
Paso 2: Averiguar el Costo Total del Crédito (CTC)
Paso 3: Comparar el valor de la cuota.
Paso 4: Fijarse en la Carga Anual Equivalente (CAE).
Infórmate de las empresas que
actualmente están bajo la supervigilancia de algún organismo como las
registradas en la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (Sbif)
y la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS)
Las recomendaciones del SERNAC en
este mercado, las podrás revisar de forma completa en www.sernac.cl
en el banner de la campaña.
Derechos de los consumidores en el
mercado financiero:
– Tiene derecho a recibir la
información relativa al costo total del producto o servicio contratado, lo que
comprende conocer la Carga Anual Equivalente.
– Deben informarle por escrito
las razones del rechazo a la contratación de un crédito, las que deben fundarse
en razones objetivas, es decir, no lo pueden discriminar cuando solicite un
crédito u otro producto o servicio financiero.
– Tiene derecho a exigir que
las condiciones de contratación de un crédito u otras operaciones financieras
sean objetivas y estén establecidas en forma previa y públicamente.
– Puede exigir la oportuna
liberación de las garantías constituidas para asegurar el cumplimiento de sus
obligaciones, como una hipoteca o prenda, una vez que se hayan extinguido todas
las obligaciones, es decir, cuando pague completamente su crédito u otra
operación financiera y usted no le deba nada al proveedor. Para la hipoteca
existe un plazo de 15 días para otorgar la escritura de cancelación de la
hipoteca; en el caso de las demás garantías el plazo es de 10 días desde la
solicitud del consumidor o desde que se realice el pago.
– Cada vez que un bien es
ofrecido en garantía, éste debe tasarse. Usted tiene derecho a elegir al
tasador de bienes de la lista de tasadores que presente la institución financiera.
– Tiene derecho a conocer la
liquidación del crédito a su solo requerimiento. Esto quiere decir que le
tienen que informar el total que usted debe cuando así lo solicite.
– Tiene derecho a solicitar
información sobre su crédito y la empresa se lo debe entregar en el plazo
máximo de 3 días.
– Tiene derecho a cerrar su
cuenta o producto en 10 días desde que lo solicita. Es decir, si ya no quiere
tener la tarjeta del Banco o la multitienda, y pagó lo que debía, puede
terminar el contrato y dejar de recibir los cobros que significa mantenerlo.
– Tiene derecho a que no lo
“amarren” con otros productos y servicios que no pidió. Esto es, si quiere
sacar la tarjeta de una multitienda, no le pueden obligar a que también
contrate un seguro. Las empresas podrán ofrecer productos asociados al crédito,
pero usted siempre tendrá la libertad de aceptarlos o no.
– Si contrata algún producto o
servicio asociado deberá estar en un documento aparte (denominado anexo) y
deberá manifestar su voluntad de contratarlo mediante su firma. Se debe firmar
por separado cada producto o servicio contratado conjuntamente con el
principal, por lo que se recomienda siempre leer lo que se está firmando.
– No le pueden poner límites a
los medios de pago electrónicos en caso que el cliente tenga cuenta en otro
Banco.
– Todas las promociones de
productos y servicios financieros deben indicar el costo total.
– Está prohibido que le envíen
a su domicilio o lugar de trabajo, productos o contratos no solicitados por
usted, como por ejemplo una tarjeta de crédito.
– Tiene derecho a que se
otorgue la escritura de cancelación de la hipoteca en 15 días y que la hipoteca
sólo garantice el crédito hipotecario y no todas las deudas que usted tenga.
– Los proveedores de productos
o servicios financieros deben informar la Carga Anual Equivalente o CAE y el
Costo Total del Crédito en toda publicidad en que se informe una cuota o tasa
de interés de referencia y que realicen a través de un medio masivo o
individual, por ejemplo Televisión, prensa escrita, o volantes publicitarios
donde se promocione el producto
– Las cotizaciones no pueden
tener una vigencia menor a 7 días hábiles contados desde su comunicación al
público.
– Le deben informar todos los
precios, tasas, cargos, comisiones, costos, tarifas, condiciones y vigencia de
los productos ofrecidos conjuntamente.
– Los Proveedores deben incluir
una hoja resumen en los contratos de adhesión y en las cotizaciones con las
principales cláusulas del contrato, lo que le permitirá conocer las
características del producto o servicio ofrecido y compararlo con otras
instituciones financieras.
– El Proveedor deberá informar
todos los productos que consten en los contratos de adhesión y los cobros por
servicios prestados, con un desglose de todos los cargos. Por tanto, no le
pueden cobrar lo que no está señalado previamente en el contrato.
– Informar periódicamente
acerca de sus productos financieros. Todos los meses debe recibir el estado de
cuenta de su tarjeta de crédito y cada tres meses le deben enviar la información
acerca del estado de su crédito de consumo o crédito hipotecario.
– El proveedor debe entregar
una ficha explicativa a los avales, fiadores y codeudores solidarios,
explicándoles sus deberes y responsabilidades al asumir dicha calidad.
No hay comentarios:
Publicar un comentario