La interrupción del servicio en transmisión se prolongó
por 78 horas afectando a más de 30 mil personas en tres comunas de la Región
del Maule. El máximo tribunal del país destacó en su fallo que la empresa
eléctrica debió ejecutar todas las acciones necesarias para asegurar un
suministro continuo y seguro, incluyendo el despeje y limpieza de las líneas de
transmisión.
De forma unánime la tercera sala de la Corte
Suprema ratificó las multas de 500 y 300 Unidades Tributarias Mensuales (UTM),
más de $37 millones de pesos, que la Superintendencia de Electricidad y
Combustibles, SEC, aplicó a la empresa distribuidora TRANSNET por el corte del
suministro eléctrico que afectó a más de 10 mil clientes de la Región del Maule
en agosto de 2015.
El hecho ocurrió durante un temporal de
viento y lluvia que provocó la caída de árboles en la línea de transmisión de
66 KV Hualañé – Licantén. A raíz de ello, 10.802 usuarios fueron afectados,
equivalentes a 30 mil personas, de las comunas de Licantén, Vichuquén y
Curepto. El servicio se recuperó totalmente en condiciones normales en transmisión,
solo 78 horas después.
Posterior a la emergencia, personal de la SEC
inspeccionó en terreno y solicitó los primeros antecedentes para determinar las
causas de la interrupción del suministro, constatando que TRANSNET no realizó
las labores de poda de árboles cercanas a las líneas de transmisión y excedió
el tiempo de trabajo para la recuperación del servicio.
El Director Regional de SEC Maule, Francisco
Valdebenito, aseguró que “desde el 2015 estamos impulsando un plan de acción
intensivo para que las empresas eléctricas cumplan con la poda y limpieza de
las líneas de transmisión y distribución, elementos que buscan asegurar un
suministro eléctrico continuo y estable a los usuarios de la región”.
FUERZA
MAYOR
El dictamen de la Corte Suprema, junto con
ratificar las conclusiones de la investigación realizada por la SEC, reafirma
el que las empresas deban ejecutar de forma óptima y a tiempo los
procedimientos y protocolos establecidos para disminuir el impacto de factores,
como los climáticos, en el servicio eléctrico que reciben los usuarios.
“Esta determinación refuerza la obligación
que tienen las empresas eléctricas de realizar a tiempo las labores necesarias
para evitar que factores externos interfieran con la continuidad del
suministro. Además, las tareas de reposición del servicio deben generar el
menor impacto posible en la ciudadanía”, señaló Francisco Valdebenito.
Por último, el Director Regional de SEC Maule
reiteró a los usuarios que pueden denunciar cualquier interrupción del suministro
eléctrico a través de los distintos canales de atención dispuestos por la
institución: las oficinas presentes en la región, el FONO SEC (600 6000 732) o
desde www.sec.cl, dirección que debe ser digitada en
el navegador de cualquier computador o teléfono celular.
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