La Sala aprobó por unanimidad la idea de legislar del
proyecto que modifica la Ley N° 14.908, sobre abandono de familia y pago de
pensiones alimenticias. Asimismo, la instancia acordó que el plazo para
presentar indicaciones vence el próximo 12 de marzo.
Por unanimidad (25 votos) la Sala del Senado ratificó la
idea de legislar del proyecto que crea un registro en la PDI para quienes
tengan órdenes de apremio por no pago de pensiones de alimentos.
Con ello, la iniciativa originada en una moción de los
senadores Soledad Alvear, Francisco Chahuán, Alberto Espina y Hernán Larraín,
quedó en condiciones de ser remitida a la Comisión de Constitución para
realizar su segundo informe.
En lo fundamental, el proyecto que modifica la Ley N° 14.908
sobre abandono de familia y pago de pensiones establece que "tanto la
orden de apremio como su suspensión, deberán ser comunicadas a la Policía de
Investigaciones de Chile, para su registro".
Según comentaron los autores del proyecto "las medidas
de apremio, que tienen por objeto asegurar el cumplimiento de la obligación
alimenticia decretada judicialmente, sino han tenido resultados positivos
después de que hayan sido tramitadas por las unidades policiales, son devueltas
al respectivo tribunal. Lamentablemente no queda un registro de las mismas,
para que se mantengan vigentes, lo que hace ineficaz la acción judicial para
cumplir en forma efectiva lo señalado por el juez".
Los legisladores explicaron que por eso "se hace
necesario adoptar una solución similar a la que se contempla en la ley N°
17.322, que establece normas para la cobranza judicial de cotizaciones de las
instituciones de seguridad social. En su artículo 12, permite que, en el caso
que el empleador que no consigne las sumas descontadas, dentro del término de
quince días, sea apremiado con arrestos hasta por quince días".
Añadieron que "en dicha norma señala que tanto la orden
de apremio como su suspensión, deberán ser comunicadas a la Policía de
Investigaciones de Chile, para su registro."
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